jueves, 13 de enero de 2011

Andrés Cassard

CONDUCTA DEL MASON.
“El Honor, la Honradez, y la Justicia, deben formar la base de todos nuestros compromisos y en todas nuestras transacciones, deben ser el norte que nos guíe. Principios son estos que nos enseña el Ritual Masónico, y los cuales son peculiares á nuestra antigua Institución, siendo como el resumen de todas aquellas virtudes, hijas del Cielo, que el padre de la luz y de la vida, ha inculcado en sus criaturas, para su gobierno y felicidad. Toca pues, á nosotros, miembros de una Fraternidad, incomparable por su moral, ofrecer al mundo ejemplos dignos de ser imitados é ilustrar prácticamente la belleza y sublimidad de tales principios.
El Masón que no los acepta como norma de su conducta; que no hace de ellos el solo y firme apoyo de su vida moral, y que se aparta de su estricta y rígida observancia, deja de llenar su objeto: y la luz que emana del Gran Jehová, cuyos rayos descienden sobre la tierra, para ser reflejados por ella, no han podido penetrar la nube impura que cubre el alma viviente.
Los deberes que el Masón se impone, al hacerse miembro de la Fraternidad, son de un carácter bastante grave, porque nadie lo ha obligado á ello y él Tomntoriamente ha aceptado una gran responsabilidad; y si bien las penas Masónicas excluyen todo sufrimiento físico, el penado lleva sobre sí el justo menosprecio de los numerosos miembros de la gran familia. También la sociedad profana reconoce un castigo en casos de infracción moral; pero no inmediato y efectivo, como sucedería entre Masones, en igualdad de circunstancias, en que no es la opinión pública, á veces mal informada, la que condena, sino un tribunal mas imparcial y equitativo, que al sentenciar no es inexorable como la justicia humana, sino que deja abierta la puerta al arrepentimiento para la rehabilitación del condenado, pues que nuestra justicia, así como el objeto de nuestra Institución, no son otros, que la Caridad práctica.
Práctico, pues, es "el deber del Masón, y las ventajas que de él debemos esperar, dependen conjuntamente de sus palabras y do sus acciones. Así como el hermoso Sol de primavera ostenta sus rayos espléndidos y vivificantes, opuestos á los pálidos y melancólicos del invierno; así el porte y carácter del Masón deben hacer su presencia recomendables y su influencia sobre la tierra, benéfica á sus semejantes.
Que el mundo se convenza que la Masonería hace mejores á todos aquellos que se asocian á la Fraternidad; siendo un deber de nuestra parte dar á entender á los extraños, que hemos adelantado en el camino de la Perfección Moral, después de habernos puesto en relación con ella.
No dudamos, que muchos no comprendan, que las lecciones de la Masonería están calculadas como el medio mas seguro de enseñar á sus adeptos, su futuro destino, pudiendo decir á estos, "que el volumen sagrado de donde hemos tomado su moral, ni es nuestra obra, ni está sellada por nosotros."
No es dado á las inteligencias vulgares comprender toda la importancia del lazo místico: "La Moral," que une la tierra al Cielo. Verdadero destello de un foco inmenso de luz, es la sola guía que puede conducir al hombre en su peregrinación terrestre, así como los reflejos de la tempestad, en medio de una noche tenebrosa, descubren al viajero fatigado el término de su jornada.
Que el Honor, la Honradez y la Justicia, formen siempre la línea de conducta del Masón; y al término de su vida, los ángeles y no los hombres, serán sus nuevos guías en aquel país desconocido en que á los buenos está reservada la eterna recompensa de los Elegidos.”.

Andrés Cassard, Manual de la masonería, ó sea El tejador de los ritos antiguo escocés, francés y de adopción (Google eBook) p. 177/178.

(toda una carrera masónica...) ANDRES CASSARD, Ex-Veti . M.·. y fundador de la R.·. L.·. La Fraternidad S87, al Or.·. de Nueva York: Tres Vocea Muy Poderoso Gran Maestro de la Sublime Gran Logia de Perfección, La Fraternidad: Muy Equitativo Principe Soberano del Gran Consejo de Príncipes de Jerusalem, La Fraternidad: Muy Sabio y Poderoso Presidente del Soberano Capítulo de Rosa •]« Ia Fraternidad : Ilustre Comendador en gefe del Soberano Gran Cousistorio de Sublimes y Valientes Príncipes del Real Decreto del Estado de Nueva York: Gran Representante do los Grandes Orientes y Supremos Consejos de Venezuela, Nueva Granada y Cuba: Representante de los Grandes Consistorios del Perú y Nueva Orleans: Miembro honorario del Supremo Consejo de Charlcston y de los Grandes Consistorios de Venezuela y de la Luisiana: Miembro de la Gran Logia del Estado de Nueva York: Representante general de los Grandes Orientes de Venezuela. Nueva Granada y Cuba, con plenos poderes ante los altos cuerpos Mas.·. do los Estados-Unidos: Diputado especial y Plenipotenciario del Supremo Consejo de Soberanos Grandes, Inspectores Generales del gr.·. 33, de la jurisdicción del Sur de los Estados-Unidos, con plenos poderes sobre la Isla de Cuba, Méjico, Centro América ó lndias Occidentales: Representante General y Plenipotenciario de la Gran Logia Nacional de Santo Domingo, ante todas las Grandes Logias de los Estados Unidos, y del Canadá: Diputado Inspector General bajo el antiguo sistema de 1762: Miembro honorario y representante de varios Cuerpos Nacionales y Estranjeros: Soberano Gran Inspector General, gr.·. 33, A., á.

1 comentario:

  1. Excelente artículo!!! Saludos desde http://detallesdebuenosaires.blogspot.com/2010/12/palacio-cangallo.html

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